07-07-2010
Dicen algunos filósofos que un reparto es “justo” cuando, si se
hubiera hecho de otra forma, el peor parado no hubiera salido peor.
Apliquémoslo al actual reparto de los costes de la crisis, ¿a nadie se
le ocurre ninguna otra forma de repartirla en la que los peor parados no
hubieran salido peor? A mí se me ocurren varias: que los autores de los
desmanes financieros indemnizaran a la sociedad; que promediáramos los
sueldos, incluidos los de los políticos; que introdujéramos una renta
básica y algunos otros. Pero para ello hace falta cambiar no sólo el
concepto de justicia sino la concepción del Estado protector del “bien
común”.
La lógica del Estado de Derecho parte del supuesto de que ciudadanos individuales ceden la salvaguardia de sus derechos civiles a los poderes del Estado. No contempla la existencia de situaciones compartidas que favorecen el que los ciudadanos se asocien configurando fuerzas sociales, a no ser en el caso de las asociaciones empresariales o en los partidos políticos. Pero la realidad indica que este individualismo no es más que el mascarón de proa de un proceso de desarticulación de las fuerzas colectivas o de dominación, que sufrimos por parte de grupos o colectivos más poderosos. El que éstos sean anónimos, como por ejemplo los mal llamados “mercados financieros”, no implica que no operen como poderes colectivos integrados por una pléyade de agencias y empresas con un gran poder.
Para ilustrar esa
complejidad, tomemos como ejemplo la huelga del metro de Madrid. El
convenio en vigor, pactado en junio de 2009, contemplaba un aumento de
unos 109 euros (primas incluidas). Para 2010 se preveía una subida
semejante. De aplicarse el arrebato justiciero de la Comunidad de
Madrid, que es al tiempo la empresa, el convenio se rompería
unilateralmente por decisión empresarial-política. ¿Cabe mayor ejercicio
de despotismo político-económico?
Me pregunto qué habría
ocurrido si los trabajadores hubieran ampliado unilateralmente sus
vacaciones porque les resultan demasiado cortas. Si los trabajadores no
pueden (ni deben) romper los acuerdos ¿por qué puede romperlos la parte
empresarial, aún siendo a la vez la representación política de los
ciudadanos de la Comunidad?, ¿le hemos dado algún poder especial a la
Sra. presidenta para que sancione a los trabajadores bajo el ardid de
que pretende defendernos?, ¿compartimos acaso su concepción sesgada de
lo que es justicia?
Este ejemplo sirve para mostrar lo peligroso
de tratarnos como individuos aislados, súbditos de un poder que
sedicentemente mira por nuestro bienestar; no somos particulares
perdidas en una masa amorfa, sino que estamos integradas en colectivos
con capacidad de negociación, cuyos acuerdos deben valer como “normas de
obligado cumplimiento”. Especialmente cuando son acuerdos tomados en un
proceso público de negociación cuyas formas democráticas permiten la
participación de los implicados.
Y esto es importante. Porque el
objetivo de las luchas y conflictos que se avecinan no debería ser sólo
el de mantener el nivel de los ingresos –con todo lo importante que es
esta cuestión– sino construir una capacidad colectiva que nos permita
hacer respetar la legalidad de los acuerdos y el mantenimiento de los
derechos sociales.
El “interés común” incluye los derechos
individuales y sociales de las personas, derechos conquistados en el
pasado, incluye el respeto a las libertades individuales e incluye el
respeto a los acuerdos negociados. Un poder político que comete
ilegalidades, aunque las considere “justas”, es un atentado contra los
ciudadanos y en ningún caso una salvaguardia del “bienestar común”, más
bien una amenaza.
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